El procurador es un profesional del
Derecho que interactúa entre el abogado y el Juzgado, y consigue que el cliente se vea resarcido o recompensado íntegramente en fase de ejecución.
La procuradora Eva García informa que «el abogado es el director del procedimiento, decide la estrategia de defensa, y a veces consulta con el procurador el trámite óptimo, puesto que nosotros, además de procesalistas, tenemos la radiografía del juzgado donde irá esta demanda o aquella ejecución, y conocemos el criterio del juez o del letrado de la Administración. Debemos ser grandes conocedores del Derecho Procesal para favorecer, en cada una de las fases de un procedimiento, que se cumplan los plazos, requisitos y garantías, reclamando todos los días agilidad y rigor profesional a los diferentes órganos judiciales».
El procurador es muy importante para el funcionamiento de la administración de justicia.
Desde Moliner Procuradores explican que este profesional garantiza la correcta tramitación de los procesos, la ejecución de sentencias y demás resoluciones judiciales de forma eficiente.
Un informe elaborado por la consultora PwC por encargo del Consejo General de Procuradores explica que los procuradores intervienen en alrededor de 50 millones de notificaciones al año y en 2022 prestaron asistencia jurídica gratuita en 311.116 procedimientos.
«El 69 por ciento de los españoles percibe la administración de justicia como una institución que, con sus defectos, constituye la garantía última de la defensa del Estado de derecho y de la democracia y de las libertades de todos los ciudadanos, pero también es cierto que el 79 por ciento opinan que la justicia es lenta y cara», explica el secretario de Estado de Justicia, Tontxu Rodríguez.
Y añade: «Por eso la labor esencial de los procuradores es que la justicia sea ágil para que sea más justa, eficiente, útil, vanguardista y moderna y en este empeño el Ministerio de Justicia y la Procura juegan un papel muy importante por su cercanía y proximidad a la raíz misma del mundo judicial».
Debes contar con los servicios de un procurador si tienes un problema legal y debes acudir al juzgado. Es un profesional que representa a los particulares o empresas en los tribunales.
El Ilustre Colegio Oficial de Procuradores de Alicante informa que «la especialidad de un procurador es el Derecho Procesal, la rama que ordena todos los pasos de un proceso judicial, encargándose de que los procedimientos avancen al ritmo más conveniente».
Para que te represente es fundamental que tú le otorgues el poder. Debes saber que este poder puede ser:
–Notarial: Es necesario acudir a una notaría, y solicitar el otorgamiento de “un poder general para pleitos”. Hay que tener en cuenta si el profesional puede actuar en el juzgado o tribunal al que pretendamos acudir, ya que los procuradores suelen tener un ámbito territorial concreto.
– “Comparecencia apud acta”: Se lleva a cabo directamente ante el Juzgado o Tribunal.
Existen bastantes diferencias entre un procurador y un abogado, ya que el primero representa a las personas o empresas y, el segundo, asesora y defiende a sus clientes.
Ambas profesiones son incompatibles entre sí, por lo que no pueden sustituirse ni intercambiar funciones. El abogado no puede suplir la ausencia del procurador en una representación del cliente.
Además, el procurador no puede llevar a cabo el interrogatorio de los testigos. Sin embargo, en un juicio verbal cuya cuantía a reclamar sea inferior a 2.000 euros no será obligatorio el procurador.
Tampoco es necesaria su intervención en los procedimientos laborales. Las funciones del procurador son:
-Seguir el proceso, y tener informados al cliente y a su abogado.
-Asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito.
-Responsabilizarse de todos los trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.
-Transmitir al abogado todos los documentos que lleguen a sus manos.
-Ejerce la representación en los procedimientos judiciales.
-Se responsabiliza de las costas que se producen en el pleito, excepto los honorarios de los abogados.
Para ejercer de procurador es necesario los siguientes requisitos:
-Tener el título de Licenciado en Derecho.
-Obtener el título de Procurador, expedido por el Ministerio de Justicia.
-Colegiarse donde se encuentre su despacho.
-Constituir la fianza exigida estatutariamente.
-Prestar juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, así como al resto del ordenamiento jurídico, ante la autoridad judicial de mayor rango del Partido Judicial en el que se vaya a ejercer, o ante la Junta de Gobierno del Colegio.
-Estar dado de alta en la Mutualidad de Procuradores de los Tribunales de España o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
-Tener nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
-Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.