Servicios de asesoría legal para personas extranjeras. Dónde encontrarlos

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Vivimos en un mundo globalizado, en el que las fronteras tienden a desaparecer, pero muchos países del mundo, continúan cerrando sus puertas, a ciudadanos y ciudadanos de diferentes países del mundo, convirtiéndolos en extraños, y condenándolos al ostracismo más absoluto. ¿Puede esto llamarse civilización?

En pleno siglo XXI, España, sigue poniendo dificultades a multitud de extranjeros que quieren entrar en el país, en busca de un destino mejor, huyendo de una vida llena de penurias y violencia, escapando de la guerra, de la pobreza y de la desesperación.

Las leyes de extranjería -la de 1985 y la que está en vigor en el año 2003-, más los reglamentos de aplicación de las mismas, insisten en la seguridad, como principio básico, destacan la peligrosidad de los inmigrantes. La mayoría de las personas que decidieron emigrar, lo hicieron porque no podían sobrevivir en su país de origen. Entonces, deciden cambiar su situación y empezar de cero en otros lugares. Debemos pues, cooperar para facilitar trámites que ayuden, a futuros conciudadanos, a integrarse en la nueva sociedad en la que pretenden vivir, trabajar y labrarse un futuro.

Si eres extranjer@, resides en España, y necesitas asesoría legal en tu idioma, no dudes en ponerte en contacto con AFFISA S.A, una empresa de profesionales multilingües que ofrece un servicio integral de asesoramiento y gestión a particulares y empresas ubicadas en nuestro país, aportando el máximo nivel de eficiencia en la resolución de las necesidades de nuestros clientes. Esta asesoría fiscal, laboral y legal en Oliva ofrece un soporte profesional que se basa en la calidad técnica y de servicio, en una actitud de diálogo hacia sus colaboradores y en la honestidad de sus actuaciones. El proceso de trabajo de cada equipo de profesionales parte del análisis en profundidad de las necesidades específicas de cada cliente. De esta manera, y comunicándose en su mismo idioma, aunamos los recursos y criterios más adecuados, orientándoles hacia el logro de los objetivos deseados. AFFISA comenzó su actividad como asesoría laboral, legal y fiscal ofreciendo servicios tanto en Oliva o Gandía como en Denia en 1981, y en el curso de más de 30 años han ido mejorando su oferta de servicios.

Trámites necesarios para entrar en España, y tipos de visados

Para entrar en nuestro país, lo primero que se necesita es lo siguiente:

  • Pasaporte en vigor.
  • Documentos que expliquen por qué se entra en España (turismo, visita a algún familiar, para trabajar, etc.), las condiciones de la estancia (billete de ida y vuelta, una carta de invitación, reserva de hotel, etc.) y cuánto dinero se tiene para el tiempo de estancia en el país.

Antes de viajar a España, debes pedir en tu embajada o consulado:

  1. Visado de tránsito: aeroportuario o territorial (permite el paso por territorio

español para ir a otro destino, una, dos o excepcionalmente más veces).

  1. De estancia:
  • Visado de viaje o de corta duración (de 1 a 3 meses), o «visado de turismo».
  • Visado de estancia para trabajar en actividades de temporada.
  1. Visado de estudios: es necesario haberse matriculado con anterioridad para realizar actividades de estudio, formación o investigación, y demostrar que se tiene el dinero suficiente para estudiar sin necesidad de trabajar. Una vez en España, deberá acudirse a la Subdelegación de Gobierno de la provincia para solicitar la tarjeta de estudiante.

Más ifo: Guía de inmigración, pdf

Según la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA en su art 13 garantiza que los extranjeros gozarán en España de las mismas libertades públicas que los españoles, en los términos que establezcan los Tratados y la Ley. Esto quiere decir que la situación de los extranjeros en España estará regulada por normas que les otorgan derechos y les imponen deberes. De acuerdo con el art. 1.1 de la vigente Ley Orgánica 4/2000 (LOEX): “Se consideran extranjeros a los efectos de la aplicación de la presente Ley, a los que carezcan de la nacionalidad española”.

En función del Tratado de Adhesión de España a la hoy Unión Europea (antes Comunidad Económica Europea) desde el 1 de enero de 1986, los ciudadanos de cualquier Estado miembro de la UE y sus familiares directos disfrutan de la libre circulación y residencia en España. El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, es la norma que actualmente regula la ejecución efectiva de esos derechos entre los ciudadanos y ciudadanas de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados que son parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE).

Más info: folleto Residir y Trabajar en el Extranjero UGT

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